Qué exige el requisito
La 8.6 es la "puerta" antes de la entrega. La organización tiene que planificar en qué etapas va a verificar que el producto o el servicio cumple los requisitos (recepción, proceso, inspección final) y no puede liberar nada al cliente antes de que esas verificaciones se hayan completado con resultado satisfactorio. Ese plan de verificación es lo primero que el auditor pide, porque define contra qué se compara el producto antes de salir.
Existe una salida prevista: liberar antes, cuando lo apruebe una autoridad pertinente de la organización y, cuando sea aplicable, también el cliente. Eso cubre situaciones reales, como un embarque urgente con el ensayo de laboratorio todavía en curso. Pero tiene que ser una decisión consciente y registrada, no la forma normal de trabajar. Cuando la liberación anticipada se repite todos los meses deja de ser una excepción y pasa a ser un proceso sin control.
El registro de liberación tiene dos elementos obligatorios: la evidencia de la conformidad con los criterios de aceptación (el informe de inspección, el certificado, la ficha llena) y la trazabilidad a la persona que autorizó la liberación. El auditor suele elegir un pedido ya entregado y pedir que le muestren esa cadena completa, desde el criterio de aceptación hasta la firma de quien liberó el lote. Si esa cadena se corta en cualquier punto, el hallazgo es directo.
Qué pide ver el auditor
- Plan de inspección que define qué verificar, en qué etapa y con qué criterio de aceptación
- Registros de inspección y ensayo con el resultado comparado con el criterio
- Identificación de quién autorizó la liberación (nombre, firma o usuario del sistema)
- Registro de las liberaciones excepcionales, con aprobación de la autoridad y del cliente cuando aplique
- Trazabilidad entre el registro de inspección y el lote o pedido entregado
Dónde se equivocan más las empresas
- Producto despachado antes del resultado del ensayo, sin aprobación formal
- Informe de inspección sin criterio de aceptación: solo "OK" o "aprobado"
- Imposible saber quién liberó el lote
- Inspección final prevista en el plan y omitida en los períodos de pico
- Servicio entregado al cliente sin ninguna verificación registrada
- Liberación excepcional usada como rutina, sin registro de la autoridad que la aprobó
- Producto liberado de forma automática por el sistema, sin ninguna verificación humana definida
- Criterio de aceptación distinto del acordado con el cliente en el contrato
Ejemplo de no conformidad
- Requisito
- ISO 9001, 8.6: la información documentada de la liberación debe incluir la trazabilidad a la persona que autoriza la liberación.
- Evidencia
- Pedido 7781 (04/06/2026) despachado con el informe de inspección final lleno, pero sin identificación de quién aprobó; el campo "liberado por" está en blanco en 4 de los 10 informes muestreados.
- Hallazgo
- No hay trazabilidad de quién autorizó la liberación de parte de los pedidos entregados.
Cómo cumplirlo en PrismaBiz
Plantillas listas para este requisito
Preguntas frecuentes
¿Una empresa de servicios también tiene que cumplir la 8.6?
Sí. Liberar un servicio es confirmar que se ejecutó según lo acordado antes de darlo por entregado: lista de verificación de cierre, inspección, aceptación del cliente. Cambia el formato, la lógica es la misma.
¿Quién puede liberar el producto?
Quien la organización defina como autorizado. La norma no exige que sea el área de calidad, exige que la persona quede identificada en el registro. Muchas organizaciones autorizan al propio operador en autoinspección, siempre que esté calificado.
¿Liberar con una desviación aprobada por el cliente es no conformidad?
No, si está registrado. La 8.6 prevé la liberación aprobada por la autoridad pertinente y por el cliente. La desviación en sí debe tratarse como salida no conforme (8.7).